La tolerancia en las importaciones es un instrumento dirigido a tomar conciencia de la complejidad del comercio agrícola en el ámbito de la Unión Europea.
La tolerancia en las importaciones es una herramienta regulatoria esencial para garantizar el abastecimiento de alimentos y facilitar el comercio internacional, manteniendo al mismo tiempo los elevados estándares de seguridad alimentaria de la Unión Europea.
En el ámbito de los productos fitosanitarios, una de las cuestiones que genera mayor debate es la existencia de diferencias entre las autorizaciones de uso y los Límites Máximos de Residuos (LMR) aplicables en la Unión Europea y los vigentes en terceros países.
Esta situación puede ser percibida por algunos agricultores europeos como una desventaja competitiva, al considerar que determinados productos importados proceden de sistemas productivos sujetos a requisitos diferentes de los exigidos dentro de la Unión Europea.
Sin embargo, estas diferencias no responden a un trato preferencial hacia las importaciones, sino a la ausencia de una armonización global de las normativas fitosanitarias y de los LMR. Cada país establece sus autorizaciones y prácticas agrícolas en función de sus condiciones agronómicas, climáticas y fitosanitarias específicas.
Para gestionar esta realidad, la legislación comunitaria contempla el mecanismo de tolerancia en las importaciones. Su objetivo es permitir el acceso al mercado europeo de productos agrícolas procedentes de terceros países cuando los residuos derivados de usos autorizados en origen han sido evaluados científicamente y cumplen los mismos requisitos de protección para la salud de los consumidores que los exigidos en la Unión Europea.
La tolerancia en las importaciones no supone una reducción de los estándares de seguridad europeos. Al contrario, cualquier solicitud debe someterse a una evaluación científica rigurosa que demuestre que el nivel de residuos propuesto es seguro para los consumidores y cumple los criterios establecidos por la normativa comunitaria.
Un importador puede solicitar una tolerancia en la importación, entre otros supuestos, cuando:
- El producto agrícola contiene residuos de una sustancia activa para la que no existe un LMR específico en la Unión Europea debido a que el cultivo correspondiente no se produce en territorio comunitario o tiene una presencia muy limitada, como puede ocurrir con determinados cultivos tropicales.
- El producto ha sido tratado con una sustancia activa autorizada en el país exportador, pero que no está autorizada o ya no se utiliza en la Unión Europea.
- El producto ha sido tratado con una sustancia activa autorizada tanto en la Unión Europea como en el país exportador, pero las Buenas Prácticas Agrícolas autorizadas en origen generan niveles de residuos distintos de los contemplados en la normativa europea.
En todos los casos, la aprobación de una tolerancia en la importación requiere una evaluación científica independiente que garantice que el LMR solicitado ofrece el mismo nivel de protección para la salud de los consumidores que cualquier otro límite establecido en la Unión Europea.

